Disponer de una estación de carga de vehículos eléctricos para los empleados es potencialmente un elemento importante del bienestar corporativo y también puede suponer una ventaja económica. ¿Cuáles son los beneficios de disponer de una estación de carga? ¿Cuándo estaría exento de impuestos y permitiría a la empresa ahorrar?
Movilidad eléctrica de la empresa
Las ventajas que ofrece a las empresas contar con una flota corporativa de vehículos eléctricos son múltiples, y no solo en lo que respecta a la ausencia de combustible fósil. Como ya hemos comentado en anteriores análisis en profundidad sobre el tema, invertir en movilidad eléctrica conlleva menores costes de mantenimiento, una reducción considerable del gasto en combustible y menores costes de seguros debido a la mayor seguridad de estos vehículos.
Si analizamos el panorama general, un estudio de GeoTab de 2022 indica que el 60% de las flotas corporativas europeas podrían ahorrar 261 millones de euros en siete años. Por cada vehículo eléctrico, el ahorro es de unos 9.500 euros en el mismo periodo de tiempo en comparación con un vehículo con motor de combustión interna.
Aparte del importante impacto económico, es obvio que ofrecer a los empleados una carga empresarial para sus coches eléctricos sería un gesto valioso que aumentaría la satisfacción de los empleados y fomentaría la transición hacia una movilidad sostenible.
La atención debe centrarse en los aspectos de esta elección relacionados con la sostenibilidad para entender si las estaciones de carga corporativas pueden considerarse un bienestar exento de impuestos o corren el riesgo de convertirse en un costo asumido enteramente por la empresa.
Carga de vehículos eléctricos corporativos: ¿cuándo está exenta de impuestos?
Según la legislación española, la recarga de coches eléctricos puede considerarse un beneficio en especie y, por lo tanto, debe ser declarado a Hacienda. Esto se aplica especialmente si la empresa proporciona la recarga de vehículos eléctricos de forma gratuita o a un precio reducido a sus empleados. Este tipo de beneficio se considera una retribución en especie y debe ser incluido en la base imponible del IRPF del trabajador.
En cuanto a las empresas, existen casos en los que la recarga de coches eléctricos puede estar exenta de impuestos en España. Algunas bonificaciones y exenciones fiscales están disponibles para fomentar la instalación de puntos de recarga y el uso de vehículos eléctricos. Por ejemplo:
Agenda 2030 : oportunidades para rediseñar el bienestar corporativo
La Agenda 2030 es desde hace tiempo punto de referencia en materia de fondos, recursos y opciones estratégicas para configurar la Europa del futuro. Encontramos numerosas referencias a la transición ecológica y a la importancia de la movilidad sostenible. Por ejemplo, los ODS 3, 8 y 11 hablan, respectivamente, de salud y bienestar, trabajo decente y crecimiento económico, y ciudades y comunidades sostenibles.
Estos objetivos proporcionan un marco excelente para repensar el bienestar corporativo e incluir los coches eléctricos y la infraestructura de recarga. La interpretación de la Agencia Tributaria es una importante apertura al tema, pero existe una necesidad apremiante de claridad e incentivos decisivos en las políticas de beneficios relacionadas con la movilidad sostenible y sus múltiples beneficios.
En la actualidad, la recarga forma parte del Bienestar Corporativo sólo en las condiciones que hemos señalado anteriormente. Un pequeño paso hacia la posibilidad de incentivar con más convicción la movilidad sostenible. Incluirla de forma más estructurada entre los beneficios exentos de impuestos podría ser una ayuda importante para su difusión, tanto para usos comerciales como para viajes privados.
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