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El Reglamento de eficiencia energética en instalaciones de alumbrado exterior fue aprobado por el Real Decreto 1890/2008 de 14 de noviembre, junto a sus instrucciones técnicas complementarias EA-01 a EA-07. A continuación se lo mostramos en detalle.
REGLAMENTO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
Este reglamento describe los requisitos técnicos para el diseño, la ejecución y el mantenimiento que tienen que cumplir las instalaciones de alumbrado exterior. El objetivo de ello es mejorar la eficiencia y el ahorro energético, así como reducir las emisiones de gases de efecto invernadero.
Por otro lado, con este reglamento se limita la contaminación luminosa y los resplandores que se producen por la noche que resultan molestos en exteriores. No obstante, para marcar valores mínimos aplicables a los niveles lumínicos hay otras normativas de aplicación.
Donde sí se aplica es en instalaciones de más de 1 kW de potencia instalada, que se incluyen en las instrucciones técnicas complementarias ITC-BT del Reglamento electrotécnico para baja tensión, aprobado por Real Decreto 842/2002, del 2 de agosto. Entre ellas están las de alumbrado exterior a las que se refiere la ITC-BT 09, las de fuentes, objeto de la ITC-BT 31, y las de alumbrados festivos y navideños, contempladas en la ITC-BT 34.
TIPOS DE ILUMINACIÓN
Respecto a las diferentes clases, este reglamento se centra en una amplia variedad de ellas, aunque también excluye otras, como las instalaciones y equipos de uso exclusivo en minas, usos militares, regulación de tráfico, balizas, faros, señales marítimas, aeropuertos y otras instalaciones que se rigen por reglamentos específicos.
La Instrucción Técnica Complementaria EA – 02 describe los niveles y tipos de iluminación siguientes:
Vial (funcional y ambiental)
En este apartado se habla de la variedad de vías existentes y de cómo las luminarias deberán adaptarse a esas circunstancias. Factores como el tipo de vía, el trazado, el tráfico o la separación entre carriles, por ejemplo, marcan parámetros con los que determinar la clase de luminotecnia a aplicar. Así, en esta instrucción se indican los parámetros principales y las opciones posibles para varias clases de alumbrado, como el M (áreas de tráfico motorizado), el C (áreas conflictivas de tráfico motorizado) y el P (áreas para peatones y ciclistas). También se habla de la equivalencia entre las diferentes clases y sus niveles correspondientes.
Específico
En este caso, se describe la adecuación lumínica para pasarelas peatonales, rampas y escaleras. También se incluyen en este apartado los pasos subterráneos peatonales, junto al alumbrado adicional de pasos de peatones, parques y jardines, pasos a nivel de ferrocarril, fondos de saco, glorietas, túneles y pasos inferiores.
La iluminación en aparcamientos de vehículos al aire libre, áreas de trabajo exteriores y espacios deportivos también pertenecen a este tipo, al igual que carriles bici, puestos de peaje de autopistas y control de aduanas. Además, se incluyen los requisitos fotométricos para cada tipo.
Ornamental
Respecto a la iluminación ornamental, se describe como la que se utiliza en las fachadas de edificios o monumentos, riberas, ríos, equipamientos acuáticos, estatuas o fuentes, entre otras zonas. Además, se proporcionan las pautas a aplicar en espacios monumentales y una serie de líneas generales sobre un correcto alumbrado ornamental. Junto a esto, se incluye una tabla con los valores de referencia de los niveles de iluminancia media en servicio.
Vigilancia y seguridad nocturna
Una iluminación industrial eficiente pasa por la aplicación de esta instrucción técnica para el apartado de alumbrado de fachadas y áreas destinadas, con la finalidad de vigilar y proporcionar seguridad de noche, a actividades industriales, comerciales, de servicios, deportivas y recreativas, etc. Una tabla marca los valores de referencia de los niveles de iluminancia media vertical en fachada del edificio y horizontal en las inmediaciones, en función de la reflectancia o factor de reflexión de la fachada.
Señales y anuncios luminosos
Es el que se instala en señales, anuncios o carteles luminosos, escaparates, mobiliario urbano, marquesinas o cabinas telefónicas. Los valores de referencia de los niveles máximos de luminancia se incluyen en una tabla y oscilan entre 1000 y 400 cd/m2.
Festivo y navideño
En esta sección se marcan una serie de valores de potencia máxima y se aboga por instalar la menor potencia posible. Se recomienda el uso de microlámparas, fibra óptica, LED, halografías u otros sistemas de bajo consumo. Por otro lado, se apuesta por el establecimiento de sistemas de control horario que puedan manejarse a distancia.
En definitiva, el reglamento de eficiencia energética merece un estudio en profundidad, sobre todo para llevar a cabo proyectos de iluminación sostenibles y con bajo consumo. De igual manera, la Instrucción Técnica Complementaria EA – 02 marca claramente las potencias máximas que deben instalarse. En GEWISS estamos puntualmente informados de todas las normativas necesarias para cualquier espacio. Si necesita soluciones o productos a medida, nosotros le podemos ayudar. ¡Solicítenos más información!